Términos y Condiciones
Términos y
Condiciones
CONVENIO DE SERVICIO PARA USO DE CASILLERO POSTAL EN EL ESTADO DE LA FLORIDA EN LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMERICA Y OBLIGACIONES GENERALES
CAPÍTULO 1: DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO Y PARTES
EL PRESENTE CONVENIO SE ESTABLECE ENTRE ECUCOMPRAS A TRAVÉS DE SU SERVICIO DE CASILLERO POSTAL EN USA, (EN LO SUCESIVO ECUCOMPRAS) Y LA PERSONA QUE REGISTRA LA CASILLA, USTED (DE AQUÍ EN ADELANTE DENOMINADO «EL CLIENTE»).
EL SERVICIO ECUCOMPRAS A TRAVÉS DE SU DIRECCIÓN POSTAL EN EL ESTADO DE LA FLORIDA EN USA, SE LIMITA A LA RECEPCIÓN DE PAQUETES EN LA CIUDAD DE MIAMI, ESTADO DE LA FLORIDA EN ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMÉRICA.
ECUCOMPRAS, ES UN SERVICIO DE RECEPCIÓN DE PAQUETES EN USA, QUIENES OTORGARÁN UNA DIRECCIÓN FÍSICA EN MIAMI, «CASILLA-SUITE» A LOS CLIENTES PARA EL RECIBO DE DOCUMENTOS Y PAQUETES PARA LUEGO PROCEDER A CLASIFICAR, CONSOLIDAR Y TRANSPORTAR VÍA AÉREA Y HARÁ EL PROCESO DE ADUANAS DE MANERA OPORTUNA Y SEGURA DE MERCANCÍAS DE LOS CLIENTES EN ECUADOR, ENTREGANDO LA MERCANCÍA EN LA DIRECCIÓN QUE EL CLIENTE COLOCÓ EN EL REGISTRO INICIAL DE DATOS EN NUESTRA PÁGINA WEB, EN NUESTRA OFICINA EN GUAYAQUIL O DONDE ÉL LO SEÑALE.
ECUCOMPRAS OFRECE REALIZAR UN CHEQUEO CON RESPECTO A LOS CATÁLOGOS Y MATERIAL PUBLICITARIO QUE LLEGUEN A LA CASILLA A NOMBRE DEL CLIENTE, Y PODRÁ SER DESECHADO A MENOS QUE EL CLIENTE MANIFIESTE POR ESCRITO SU DESEO DE RECIBIR ESTOS CATÁLOGOS, SIN EMBARGO, NO PODEMOS GARANTIZAR QUE TODO ESTE TIPO DE MATERIAL SEA RETIRADO EN EL PROCESO DE ENVÍO POR PARTE DE AUTORIDADES ADUANERAS EN ECUADOR. EN CASO DE QUE ESTE MATERIAL SEA ENVIADO, ECUCOMPRAS NO SE HARÁ RESPONSABLE POR LOS COSTOS QUE SE GENEREN POR EL ENVÍO, MISMOS VALORES QUE SERÁN FACTURADOS AL CLIENTE QUE SOLICITÓ SE INCLUYAN EN EL ENVÍO DE SU PRODUCTO.
CAPÍTULO 2: COSTOS Y FORMAS DE PAGO
EL CLIENTE UNA VEZ QUE HA ORDENADO O AUTORIZADO EL DESPACHO, ACEPTA INDISCUTIBLEMENTE LOS COSTOS DE ENVÍO POR CONCEPTO DE TRANSPORTE, NACIONALIZACIÓN Y SEGURO DEL SERVICIO ECUCOMPRAS.
EN LOS CASOS QUE AMERITE, ECUCOMPRAS. ENTREGARÁ AL CLIENTE LOS COSTOS APROXIMADOS DEL PAGO DE IMPUESTOS O TRIBUTOS, QUE DEBERÁ CANCELAR EN SU TOTALIDAD, POR LOS PRODUCTOS QUE IMPORTE, SIENDO RATIFICADOS POR ADUANA ANTES QUE LA MERCADERÍA SEA LIBERADA.
EN EL CASO DE LA IMPORTACIÓN DE PAQUETES QUE SE ENCUENTREN BAJO EL SISTEMA 4X4, ECUCOMPRAS COMUNICARÁ AL CLIENTE VIA CORREO ELECTRÓNICO LOS COSTOS DEL PAGO DE IMPUESTOS O TRIBUTOS QUE DEBERÁN SER CANCELADOS EN SU TOTALIDAD PREVIO A LA IMPORTACIÓN DE LOS MISMOS, DICHOS VALORES SERÁN LOS DETERMINADOS POR EL SENAE ANTES QUE LA MERCADERÍA SEA LIBERADA.
EL CLIENTE SE HARÁ RESPONSABLE POR TODOS LOS VALORES GENERADOS EN ADUANA (INCLUYENDO IMPUESTOS, TASAS DE IMPORTACIÓN Y CUALQUIER OTRO GRAVAMEN QUE LA LEY ESTABLEZCA), LOS COSTOS POR EL ENVÍO; ASÍ COMO LOS GASTOS DE DESPACHO A LAS CIUDADES Y PARROQUIAS FUERA DEL PERÍMETRO URBANO DE GUAYAQUIL Y SANTA ELENA DE CONFORMIDAD AL TARIFARIO QUE SE ENCUENTRE VIGENTE AL MOMENTO DE EFECTUAR UN DESPACHO.
SI EL CLIENTE REQUIERE SERVICIOS ADICIONALES EN MIAMI COMO RE-EMPAQUE, INVENTARIO U OTRO, DEBERÁ CANCELAR PREVIAMENTE EL VALOR DE ESTOS SERVICIOS.
LOS COSTOS DE LOS SERVICIOS SON LOS SIGUIENTES:
INSCRIPCIÓN DE LA CASILLA: SIN COSTO.
VALOR DEL FLETE POR ENVÍO:
– PAQUETES HASTA USD 400 Y 4 KG, EL FLETE ES DE USD 6.50 POR LIBRA DE PESO O FRACCIÓN.
– PAQUETES QUE SUPEREN EL 4 X 4, EL FLETE ES DE USD 3,50 POR LIBRA DE PESO O FRACCIÓN.
NACIONALIZACIÓN:
EL VALOR DE LA NACIONALIZACIÓN ES DE USD $25 TANTO PARA PAQUETES BAJO EL 4 X 4 COMO CUANDO SUPERAN ESTAS CONDICIONES, SIN EMBARGO, EN CASO DE NACIONALIZACIONES ESPECIALES SE ACORDARÁ CON EL CLIENTE UN VALOR DE ACUERDO A TABLAS ESPECÍFICAS ESTABLECIDAS POR ECUCOMPRAS VER ANEXO 1.
SEGURO:
EL VALOR DE SEGURO (SERVICIO DE CARGA SEGURA) ES DE USD 4,99 PARA PAQUETES BAJO EL 4 X 4, CUANDO SE SUPERAN ESTAS CONDICIONES, SE LE INFORMARÁ AL CLIENTE EL COSTO DEL SEGURO SEGÚN EL TIPO, PESO, VOLUMEN, VALOR Y OTRAS CARACTERÍSTICAS A CONSIDERAR DEL ARTÍCULO QUE SE ENVÍA. ECUCOMPRAS A TRAVÉS DEL SEGURO OFRECE COBERTURA EN CASO DE ROBO, HURTO, ASALTO DURANTE, EL TRANSPORTE, ASÍ COMO TAMBIÉN DURANTE EL PROCESO DE ALMACENAMIENTO, EL MISMO QUE CUBRE EL VALOR TOTAL DE LA MERCADERÍA. LA COBERTURA DEL SEGURO EXCLUYE: VALORES DE IMPUESTOS, SALIDA DE DIVISAS, DEFECTOS O DAÑOS DE FÁBRICA, PRODUCTOS MAL COMPRADOS, ERRORES DE LAS TIENDAS. VER ANEXO 2
BODEGAJE:
EL CLIENTE INCURRIRÁ EN UN COSTO ADICIONAL POR CONCEPTO DE BODEGAGE YA SEA EN MIAMI COMO EN ECUADOR, DENTRO DE LOS PLAZOS PERMITIDOS Y ESTIPULADOS EN EL CAPÍTULO 4, LITERAL G) DE ESTE CONVENIO, CASO CONTRARIO LA CARGA SERÁ DECLARADA EN ABANDONO RENUNCIANDO A TODO TIPO DE RECLAMO.
LUEGO DE 30 DIAS DE PERMANECER LA MERCADERÍA DE LOS CLIENTES EN MIAMI Y NO HABER AUTORIZADO EL DESPACHO HACIA ECUADOR, ECUCOMPRAS PODRÁ DECLARAR EN ABANDONO LA MERCADERÍA Y PROCEDERÁ A DESECHAR LA MISMA SIN QUE EXISTA POSIBILIDAD DE RECLAMO ALGUNO AL RESPECTO.
LA MERCADERÍA QUE NO SEA RETIRADA EN ECUADOR, 60 DÍAS POSTERIORES A LA NOTIFICACIÓN DE LOS VALORES A CANCELAR SERÁ DECLARADA EN ABANDONO Y SE DESECHARÁ SIN DERECHO A RECLAMO ALGUNO POR PARTE DEL CLIENTE.
TODOS LOS VALORES GENERADOS POR LOS SERVICIOS ENTREGADOS, SE LE HARÁN LLEGAR AL CLIENTE MEDIANTE NOTIFICACIÓN POR CORREO ELECTRÓNICO, RESPALDANDO ASÍ NUESTRO TRABAJO.
EL PAGO POR EL PRODUCTO SOLICITADO POR EL CLIENTE SERÁ RESPONSABILIDAD DIRECTA Y EXCLUSIVA DEL CLIENTE. ECUCOMPRAS NO SERÁ RESPONSABLE POR RETRASOS CAUSADOS POR PROBLEMAS DE TARJETAS DE CRÉDITO VENCIDAS, RECHAZADAS O INVÁLIDAS AL MOMENTO DE LA COMPRA POR PARTE DEL CLIENTE O POR PRODUCTOS RECIBIDOS EN MAL ESTADO DE FÁBRICA.
MEDIOS DE PAGO
CON LA ACEPTACIÓN DE ESTAS CLÁUSULAS EL CLIENTE ACEPTA QUE TODOS LOS VALORES GENERADOS POR CONCEPTO DE SERVICIOS DE ECUCOMPRAS (TRANSPORTE, NACIONALIZACIÓN, SEGURO, TASA DE IMPORTACIÓN SERÁN CANCELADOS A TRAVÉS DEL BOTÓN DE PAGOS DE ECUCOMPRAS SI EXISTIERE, Y OTRAS ALTERNATIVAS DE PAGO ESTABLECIDOS PARA EL SERVICIO TALES COMO: TRANSFERENCIAS Y/O DEPÓSITOS, TARJETAS DE DÉBITO Y/O TARJETAS DE CRÉDITO (CARGO ADICIONAL DEL 6%), NO SE ACEPTARÁ EL PAGO CON CHEQUE.
CAPÍTULO 3: AUTORIZACIÓN
EL CLIENTE AUTORIZA A ECUCOMPRAS A RECIBIR CORREO, DOCUMENTOS, PAQUETES, MERCANCÍAS, DESTINADAS O DIRIGIDAS AL CLIENTE Y A SU VEZ BRINDA LA AUTORIZACIÓN PARA REALIZAR LOS DESPACHOS, ENVÍOS, TRÁMITES DE NACIONALIZACIÓN Y CUALQUIER OTRO TRÁMITE QUE SE REQUIERA PARA, EN NOMBRE DEL CLIENTE, TRANSPORTAR LA MERCADERÍA, PASO DE ADUANAS Y COORDINACIÓN DE LA LOGÍSTICA.
CON LA ACEPTACIÓN DE LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES EL CLIENTE ACEPTA EL ENVÍO DE MAILS PROMOCIONALES E INFORMATIVOS RESPECTO AL SERVICIO Y LAS OFERTAS QUE REGULARMENTE MANEJAMOS POR PARTE DE LAS TIENDAS EN USA Y LOS DE NUESTRO PROPIO SERVICIO.
CAPÍTULO 4: OBLIGACIONES
DE ECUCOMPRAS:
A. ECUCOMPRAS ASUME TODA RESPONSABILIDAD DERIVADA DE LA CALIDAD, SEGURIDAD Y EFICACIA DEL TRANSPORTE DESDE NUESTRA BODEGA EN MIAMI-FLORIDA, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, HASTA GUAYAQUIL-ECUADOR.
B. ECUCOMPRAS EN RELACIÓN CON LAS NORMAS DE SEGURIDAD EN EL TRANSPORTE DE ENVÍOS POR VÍA AÉREA, DECLARA Y GARANTIZA QUE: A) HA PREPARADO EL ENVÍO EN LOCALES SEGUROS; B) EL PERSONAL QUE PREPARA EL ENVÍO ES DE SU COMPLETA CONFIANZA; C) PROTEGE EL ENVÍO CONTRA ACTOS DE INTERFERENCIA ILÍCITA DURANTE SU PREPARACIÓN, ALMACENAMIENTO Y TRANSPORTE INMEDIATAMENTE ANTES DE HACER ENTREGA DEL MISMO A LOS CLIENTES ECUCOMPRAS; D) ACEPTA QUE EL ENVÍO PUEDA SER RETENIDOS Y SOMETIDO A CONTROLES POR MOTIVOS DE SEGURIDAD, LO QUE PUEDE INCLUIR LA INSPECCIÓN MEDIANTE RAYOS X, CÁMARAS DE SIMULACIÓN, CONTROLES MANUALES U OTRAS MEDIDAS TÉCNICAS O PROCEDIMIENTOS POR PARTE DE LAS AUTORIDADES EN USA O EN ECUADOR.
C. DE ACUERDO AL NUEVO REGLAMENTO DE ADUANA PARA LAS EMPRESAS QUE BRINDAN EL SERVICIO DE COURIER SEGÚN RESOLUCIÓN NO. SENAE-DGN-2013-0472-RE, ECUCOMPRAS HA REFORZADO LA REVISIÓN DE SUS PAQUETES QUE VIAJAN A ECUADOR PARA EVITAR INCONVENIENTES DURANTE EL PROCESO DE NACIONALIZACIÓN DE SUS COMPRAS. EL PROCESO CONSISTE EN ABRIR TODOS LOS PAQUETES QUE LLEGAN A NUESTRAS OFICINAS DE MIAMI PARA EVITAR CONTRATIEMPOS CON LA ADUANA, LOS MISMOS QUE SERÁN REVISADOS Y VUELTOS A SELLAR CON TODOS LOS ARTÍCULOS DE LA COMPRA ORIGINAL.
D. RESPONDER ANTE EL SERVICIO NACIONAL DE ADUANA DEL ECUADOR POR CUALQUIER DIFERENCIA QUE SE PRODUZCA EN CANTIDAD Y NATURALEZA DE LAS MERCANCÍAS DECLARADAS BAJO EL RÉGIMEN DE EXCEPCIÓN DE «MENSAJERÍA ACELERADA O COURIER», RESPECTO DE LO QUE EFECTIVAMENTE HA ARRIBADO, DE CONFORMIDAD CON EL LIBRO V DEL CÓDIGO ORGÁNICO DE LA PRODUCCIÓN, COMERCIO E INVERSIONES Y LAS NORMAS LEGALES VIGENTES.
DEL CLIENTE
A. EL CLIENTE TIENE LA OBLIGACIÓN DE RESPETAR LAS LEYES ECUATORIANAS Y ESTADOUNIDENSES O DE CUALQUIER OTRO PAÍS EN EL MANEJO DE ENVÍOS, (RESTRICCIONES, EXCEPCIONES, PROHIBICIONES) Y SERÁ RESPONSABLE EN CASO DE QUE LA MERCADERÍA QUE TRANSPORTA INFRINJA ALGUNA LEY EN CASO DE CONTRAVENIR ALGUNA DISPOSICIÓN DENTRO O FUERA DEL PAÍS EN EL QUE SUSCRIBE ESTE CONVENIO (ECUADOR).
B. BAJO NINGÚN CONCEPTO EL CLIENTE PUEDE EFECTUAR ENVÍOS DE MATERIALES ILEGALES O RESTRINGIDOS POR LOS PAÍSES Y LAS AUTORIDADES ADUANERAS (JOYAS, DINERO EN EFECTIVO, BONOS, TÍTULOS DE VALORES, ARMAMENTO O ARTÍCULOS CONSIDERADOS COMO TAL, ANIMALES, ARTÍCULOS PERECIBLES, PLANTAS, SEMILLAS, CELULARES O COMPRAS QUE REQUIERAN TRATAMIENTO O PERMISOS ESPECIALES). ECUCOMPRAS NO SE HARÁ RESPONSABLE POR EL ENVÍO EN ESTAS CONDICIONES O CARGA QUE SEA CONFISCADA EN ADUANA CUALQUIERA QUE SEA EL MOTIVO. POR ELLO LA OBLIGACIÓN QUE TIENE EL CLIENTE DE FAMILIARIZARSE CON LAS RESTRICCIONES DEL PAÍS, O A SU VEZ CONSULTAR ANTES DE EFECTUAR Y DESPACHAR LA MERCADERÍA.
C. EL CLIENTE SERÁ EL ÚNICO RESPONSABLE DE CUALQUIER INFRACCIÓN ANTE LA LEY. ADEMÁS, ECUCOMPRAS SE RESERVA EL DERECHO DE NO ENVIAR, RECHAZAR O DEJAR EN ABANDONO EL ENVÍO DE PAQUETES EN MAL ESTADO, QUE REQUIERAN PERMISOS ESPECIALES, O QUE SE SOSPECHE QUE PUEDE CAUSAR MULTAS O SANCIONES PARA ECUCOMPRAS.
D. EL CLIENTE SE COMPROMETE A ENTREGAR TODOS LOS DOCUMENTOS NECESARIOS PARA EL ENVÍO DE LA MERCANCÍA (FACTURA COMERCIAL / ORDEN DE COMPRA ORIGINAL, Y EN EL CASO DE REQUERIR ALGUNA AUTORIZACIÓN PREVIA SOLICITADA EN ADUANA JUNTO CON LAS INSTRUCCIONES CLARAS DE DESPACHO Y DESCRIPCIÓN EN ESPAÑOL DE LA MERCADERÍA) Y LA DESCRIPCIÓN DETALLADA DE LA CARGA PARA DECLARACIÓN DE ADUANA. SIN ESTOS DOCUMENTOS ECUCOMPRAS NO PODRÁ PROCEDER CON EL ENVÍO DE LA MERCANCÍA.
E. ACEPTA QUE LA(S) CARGA(S) SEAN INSPECCIONADAS Y ABIERTAS EN MIAMI SIN SU AUTORIZACIÓN. ADICIONALMENTE LA CARGA EN ADUANA SERÁ SUJETO DE AFORO (REVISIÓN Y VERIFICACIÓN) EN PRESENCIA DE NUESTRO PERSONAL SIENDO CERRADO DE IGUAL MANERA.
LA SOLICITUD DE REEMPAQUE TENDRÁ UN COSTO ADICIONAL Y SE ENCUENTRAN DETALLADOS EN EL ANEXO 1, LOS VALORES A COBRARSE SERÁN ANALIZADOS EN CADA CASO DE ACUERDO A LA DIFICULTAD Y COMPLEJIDAD DEL PEDIDO.
“SI LA CARGA DEL CLIENTE EXCEDE LAS CONDICIONES DEL SERVICIO Y EL CLIENTE NO AUTORIZA EL DESPACHO CON LA COTIZACIÓN REMITIDA, SE PUEDE COORDINAR LA ENTREGA EN OTRA DIRECCIÓN EN ESTADOS UNIDOS, ESTE SERVICIO TIENE UN COSTO ADICIONAL EL MISMO QUE SERÁ ANALIZADO EN CADA CASO. ES IMPORTANTE MENCIONAR QUE SIEMPRE QUE UN PAQUETE INGRESA Y SALE DE LA BODEGA DE MIAMI DEBE CANCELAR EL VALOR DE IN&OUT, VALOR QUE DEPENDE DEL PESO DEL PAQUETE.”
F. EL CLIENTE PODRÁ AGRUPAR ILIMITADAMENTE SUS PAQUETES SIEMPRE Y CUANDO MANTENGA EL NÚMERO DE UNIDADES SUGERIDAS Y RESTRICCIONES TANTO DE PESO Y VALOR.
G. EL CLIENTE DEBERÁ ORDENAR EL DESPACHO DESDE MIAMI EN UN MÁXIMO DE 30 DÍAS CALENDARIO SIN RECARGO ALGUNO, TIEMPO LUEGO DEL CUAL INCURRIRÁ EN COSTOS DE BODEGAJE POR UN LAPSO DE 60 DÍAS TOTALES. ; PASADOS LOS 60 DÍAS LUEGO DE RECIBIDO SU PAQUETE EN NUESTRA BODEGA EN USA, EL PAQUETE O WAREHOUSE (RECIBO DE BODEGA) PROCEDERÁ A DECLARARSE EN ABANDONO SEGÚN LA CLÁUSULA (J) DE ESTE CONTRATO SIENDO DESECHADOS LOS PAQUETES Y SU CONTENIDO, SIN RECLAMACIÓN ALGUNA. TODO ESTE TIEMPO TRANSCURRIRÁ A PARTIR DE LA NOTIFICACIÓN POR PARTE DEL SERVICIO DEL ARRIBO DE LA CARGA A MIAMI. COSTO DEL BODEGAJE EN USA: DE 1LB. A 8 LBS. $ 3.50 POR MES POR PIÉ CÚBICO DE ESPACIO UTILIZADO. LOS VALORES SE CALCULAN SUMANDO EL TOTAL DE PAQUETES Y PESO QUE EL CLIENTE TENGA A SU NOMBRE
H. EL CLIENTE ACEPTA INDISCUTIBLEMENTE LOS COSTOS DEL ENVÍO, DEBIENDO CANCELAR LOS MISMOS EN UN MÁXIMO DE 20 DÍAS LABORABLES SIN RECARGO ALGUNO A PARTIR DEL RECORDATORIO DE PAGO POR CONCEPTO DE SERVICIOS, TIEMPO LUEGO DEL CUAL INCURRIRÁ EN UN COSTO DE BODEGAJE EN ECUADOR. EN EL DÍA 60 LUEGO DE LA NOTIFICACIÓN, DE PERMANECER LA MERCADERÍA EN ECUADOR Y LA CARGA NO HA SIDO RETIRADA POR EL CLIENTE, SERÁ DECLARADO EN ABANDONO SEGÚN LO DETERMINA EL LITERAL (J) DE ESTE CAPÍTULO. COSTO DEL BODEGAJE: $1 POR PIE CÚBICO (MÍNIMO UN PIÉ CÚBICO) (0.30X0.30X0.30 CM), MULTIPLICADO POR LOS DÍAS DE PERMANENCIA EN NUESTRAS BODEGAS DE ECUADOR.
I. PARA QUE LA MERCADERÍA SEA LIBERADA Y ENTREGADA, EL CLIENTE DEBE REALIZAR LA CANCELACIÓN COMPLETA DEL VALOR DEL ENVÍO Y/O VALORES PENDIENTES.
J. CLÁUSULA DE DECLARACIÓN DE ABANDONO DE MERCADERÍA: EN CASO DE QUE EL CLIENTE, EXCEDA EL PLAZO SEÑALADO EN LOS LITERALES G Y H DE ESTE CONTRATO, SE PROCEDERÁ A LA DECLARACIÓN DE MERCANCIA ABANDONADA.
LUEGO DE 2 MESES DE INGRESAR MERCADERÍA DE LOS CLIENTES A NUESTRA BODEGA EN USA Y NO HABER AUTORIZADO EL DESPACHO HACIA ECUADOR, ECUCOMPRAS. DECLARARÁ EN ABANDONO LA MERCADERÍA Y PROCEDERÁ A DESECHAR LA MISMA DIRECTAMENTE EN USA.
LA MERCADERÍA QUE NO SEA RETIRADA EN ECUADOR, 60 DÍAS POSTERIORES A LA NOTIFICACIÓN QUE SU CARGA ESTÁ LISTA PARA EL RETIRO O ENTREGA EN LA DIRECCIÓN QUE REGISTRÓ EL CLIENTE EN SU INSCRIPCIÓN A NUESTRO SERVICIO, SERÁ DECLARADA EN ABANDONO Y SE DESECHARÁ SIN OPCIÓN A RECLAMO ALGUNO.
K. EN EL CASO DE QUE EL CLIENTE RETIRE SU COMPRA DIRECTAMENTE EN LAS BODEGAS DE MIAMI DE ECUCOMPRAS, DEBERÁ CANCELAR EL VALOR TOTAL EN FUNCIÓN A LA TABLA DEL ANEXO 1. ECUCOMPRAS SE RESERVA EL DERECHO, PREVIA LA ENTREGA DEL PAQUETE AL CLIENTE, LA VERIFICACIÓN DEL PAGO.
L. CUANDO EL CLIENTE TENGA MÁS DE UN PROCESO DE IMPORTACIÓN PENDIENTE DE ENTREGA EN ECUADOR, DEBERÁ CANCELAR LOS COSTOS DE ENVÍO ESTABLECIDOS EN EL CAPÍTULO 2, EN EL ORDEN DE DESPACHO Y NOTIFICACIÓN DE VALORES A CANCELAR, NO SE PROCEDERÁ A COORDINAR LA ENTREGA DE PAQUETES, SI EL PAGO NO HA SIDO EFECTUADO EN EL ORDEN ANTES MENCIONADO.
M. EN EL CASO DE QUE EL CLIENTE REALICE SUS COMPRAS A PROVEEDORES QUE SE ENCUENTREN FUERA DE ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA Y SE GENEREN VALORES EXTRAS, DEBERÁN SER CANCELADOS POR EL CLIENTE, ESTOS VALORES ADICIONALES INCLUYEN EL RUBRO DE IMPORT DUTTY / DELIVERY COLLECT QUE SE GENERA CUANDO LA CARGA INGRESA A ESTADOS UNIDOS.
N. CUANDO EL CLIENTE SOBREPASE EL NÚMERO DE IMPORTACIONES PERMITIDAS (5 AL AÑO O $1200 DE VALOR FOB, LO QUE SUCEDA PRIMERO, DEBERÁ CANCELAR LA MULTA RESPECTIVA, LOS ARANCELES EN CASO DE CAMBIO DE CATEGORÍA O EN SU DEFECTO LOS COSTOS DE REEMBARQUE DE LA MERCADERÍA SI ASÍ LO SEÑALARE LA SENAE.
LOS CLIENTES DE ECUCOMPRAS DEBEN OBSERVAR LO SIGUIENTE:
O. ACEPTAR QUE SU MERCADERÍA PUEDE SER RETENIDA Y SOMETIDA A CONTROLES POR MOTIVOS DE SEGURIDAD, LO QUE PUEDE INCLUIR LA INSPECCIÓN MEDIANTE RAYOS X, CÁMARAS DE SIMULACIÓN, CONTROLES MANUALES U OTRAS MEDIDAS TÉCNICAS O PROCEDIMIENTOS POR PARTE DE LAS AUTORIDADES DE USA O ECUADOR;
P. BAJO NINGÚN CONCEPTO PUEDE EFECTUAR ENVÍOS DE MATERIALES ILEGALES O RESTRINGIDOS POR LOS PAÍSES Y LAS AUTORIDADES ADUANERAS (JOYAS, DINERO EN EFECTIVO, BONOS, TÍTULOS DE VALORES, ARMAMENTO, ANIMALES, ARTÍCULOS PERECIBLES, PLANTAS, SEMILLAS Y OTRO TIPO DE ARTÍCULOS QUE LA ADUANA NO PERMITA EL PASO A ECUADOR PARA SU NACIONALIZACIÓN). ECUCOMPRAS NO SE HARÁ RESPONSABLE POR EL ENVÍO EN ESTAS CONDICIONES O CARGA QUE SEA CONFISCADA EN ADUANA. ADEMÁS, EL TRANSPORTADOR SE RESERVA EL DERECHO DE NO ENVIAR, RECHAZAR O DEJAR EN ABANDONO EL ENVÍO DE PAQUETES EN MAL ESTADO, QUE REQUIERAN PERMISOS ESPECIALES, O QUE SE SOSPECHE QUE PUEDE CAUSAR MULTAS O SANCIONES PARA ECUCOMPRAS.
Q. EL CLIENTE DEBE CONOCER LAS RESOLUCIONES DEL COMEX PARA REALIZAR LA IMPORTACIÓN DE UN CELULAR NUEVO AL AÑO Y NO PODRÁ IMPORTARLO CON OTRO TIPO DE ARTÍCULOS.
CAPÍTULO 5: REPETICIÓN
ECUCOMPRAS SE RESERVA EL DERECHO DE INICIAR EN CONTRA DE EL CLIENTE, LA ACCIÓN JUDICIAL RESPECTIVA, CON EL FIN DE RECUPERAR EL VALOR CANCELADO A NOMBRE DE EL CLIENTE AL SERVICIO NACIONAL DE ADUANA DEL ECUADOR, DERIVADO DEL INCUMPLIMIENTO COMPROBADO DEL MISMO, POR ERRORES EN LAS DECLARACIONES DE IMPORTACIONES POR RECIBIR INFORMACIÓN INCORRECTA DEL CLIENTE, MULTAS POR MERCADERÍAS ADICIONALES A LAS DECLARADAS, ENVÍOS RELACIONADOS, IMPUESTOS ADICIONALES, ACCIONES ADMINISTRATIVAS (PROCEDIMIENTOS DE EJECUCIÓN COACTIVA), ENTRE OTROS.
EL CLIENTE RENUNCIA A FUERO, SE SOMETE A LOS JUECES DE LOS CIVIL DEL GUAYAS, AL JUICIO VERBAL SUMARIO QUE ECUCOMPRAS EFECTÚE; Y ACEPTA EXPRESAMENTE LA PRESENTE CLÁUSULA DE REPETICIÓN Y RECONOCE A FAVOR DE ECUCOMPRAS, QUE LOS VALORES QUE SE GENEREN TENDRÁN QUE CONSIDERAR AL MOMENTO DEL PAGO LOS INTERESES, MULTAS Y COSTAS PROCESALES QUE SE HAYAN GENERADO POR TAL EFECTO.
CAPÍTULO 6: OTRAS GENERALIDADES
EL CLIENTE RECIBIRÁ SU ENVÍO UNA VEZ QUE SE DESPACHE DE USA, PREVIA LA AUTORIZACIÓN DEL CLIENTE EN 9 DÍAS LABORABLES, DEPENDIENDO SIEMPRE DEL DESEMPEÑO DE AEROLÍNEAS Y GESTIÓN EN ADUANA, O UNA VEZ CONFIRMADO EL PAGO POR SERVICIOS Y VALORES DE IMPUESTOS. ESTE PLAZO CORRE A PARTIR DE LA CONFIRMACIÓN DEL DESPACHO DE MIAMI (ESTAS ENTREGAS TIENEN COMO TIEMPO DE REFERENCIA EL PERÍMETRO URBANO DE LA CIUDAD DE GUAYAQUIL, PARA OTRAS CIUDADES LOS TIEMPOS DE ENTREGA DEPENDERÁN DE LA DISTANCIA, RECURSOS LOGÍSTICOS Y DEPENDEN DEL TIEMPO QUE ADUANA DEMORE EN NACIONALIZAR LA MERCADERÍA). ADEMÁS, SE ENCARGARÁ DE ENTREGAR LOS PEDIDOS EN LAS OFICINAS O DOMICILIOS DE LOS CLIENTES EN CUALQUIER LUGAR DEL ECUADOR, FUERA DEL PERÍMETRO URBANO DE GUAYAQUIL, SE COBRARÁ EL COSTO DEL ENVÍO. CADA COMPRA QUE LOS CLIENTES FORMULEN MEDIANTE ECUCOMPRAS DEBERÁ ESTAR APEGADO A LOS TÉRMINOS DEL PRESENTE CONTRATO.
ECUCOMPRAS ACEPTARÁ O RECHAZARÁ LOS PEDIDOS DE LOS PRODUCTOS DE ACUERDO A SU DISPONIBILIDAD.
EN CASO DE QUE AGENTES EXTERNOS INFLUYAN LUEGO DEL DESPACHO EN EL TIEMPO DE ENTREGA ECUCOMPRAS NO SE HARÁ RESPONSABLE POR ESTE RETRASO.
LOS DESPACHOS SE HARÁN TODOS LOS DÍAS HASTA LAS 9A.M., ARRIBOS POSTERIORES QUEDARÁN PARA SER PROCESADOS AL SIGUIENTE DÍA LABORABLE.
LAS COMPLICACIONES EN ADUANA O CON LAS AEROLÍNEAS QUEDAN FUERA DE LA RESPONSABILIDAD DE ECUCOMPRAS, SIN EMBARGO, HAREMOS TODO LO QUE ESTÉ A NUESTRO ALCANCE PARA LA SOLUCIÓN DE LOS MISMOS.
ECUCOMPRAS SE DESLINDA DE CUALQUIER RESPONSABILIDAD POR LOS PRODUCTOS COMPRADOS POR LOS CLIENTES VÍA ELECTRÓNICA O A TRAVÉS DE CATÁLOGOS, CARGAS EN MAL ESTADO, CON FALLAS, DEMORAS EN EL ENVÍO DE LOS MISMOS HACIA LA CASILLA EN USA.
LA CARGA SERÁ RECEPTADA EN NUESTRA BODEGA EN DORAL DE LUNES A VIERNES DE 09H00 A 12H00 Y DE 13H00 A 17H00. LOS DÍAS SÁBADOS Y DOMINGOS NO SE RECEPTARÁ CARGA. ADICIONAL A ESTO, EN LOS CASOS QUE LAS CARGAS APAREZCAN COMO ENTREGADAS SEGUN LAS EMPRESAS DE DELIVERY O ENTREGA UTILIZADAS POR LOS PROVEEDORES, Y QUE REALMENTE NO SE HUBIEREN RECIBIDO EN NUESTRA BODEGA, SOLO PODRÁN SER VALIDADAS SI LA COMPAÑIA DE DELIVERY O ENTREGA DEL PROVEEDOR PRESENTA EL DOCUMENTO DE RECEPCIÓN CON FIRMA DE RESPONSABILIDAD DE PERSONAL DE ECUCOMPRAS O SU PAR EN ESTADOS UNIDOS.
SE RECOMIENDA TOMAR TRANSPORTES COMO UPS O FEDEX AL MOMENTO DE REALIZAR LA COMPRA Y NO TOMAR UN TIEMPO DE TRÁNSITO INTERNO DESDE LA TIENDA MENOR A LOS 3 DÍAS YA QUE SUELEN LLEGAR POR CORREO NORMAL CON EMPRESAS QUE NO DAN FIRMA DE RECEPCIÓN.
LAS TARIFAS LISTADAS ESTÁN SUJETAS A CAMBIO SIN PREVIO AVISO, NO OBSTANTE, SERÁN INCLUIDAS EN ESTE CONVENIO DESDE EL DÍA QUE RIGEN LAS NUEVAS TARIFAS. ADICIONAL, ECUCOMPRAS ENVIARÁ OPORTUNAMENTE, CORREOS ELECTRÓNICOS A LA BASE DE CLIENTES REGISTRADOS, COMUNICANDO DICHOS CAMBIOS.
EN CASO QUE EL CLIENTE INCUMPLA LAS OBLIGACIONES DETALLADAS EN EL CAPÍTULO 4 DE ESTE CONVENIO, REFERENTES AL CLIENTE, SE ANALIZARÁ DE ACUERDO AL CASO EL CIERRE DE SU CASILLA, LO CUAL SERÁ NOTIFICADO AL CLIENTE.
ESTE CONVENIO TIENE VALIDEZ INDEFINIDA A PARTIR DE LA FECHA DE SU SUSCRIPCIÓN, SE DARÁ POR TERMINADO SI ES QUE EL CLIENTE COMUNIQUE POR ESCRITO (O ELECTRÓNICAMENTE) SU DESEO DE NO CONTINUAR.
ACEPTANDO LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES ESTOY DE ACUERDO Y ACEPTO RECIBIR TODA LA INFORMACIÓN VÍA MAIL Y/O VIA CELULAR (WHATSAPP, SMS, ETC), INCLUIDO BOLETINES PROMOCIONALES.
ESTE ACUERDO Y LOS DERECHOS Y DEBERES DE LAS PARTES, EMANADOS DEL MISMO, ESTARÁN REGIDOS POR LA CÁMARA DE COMERCIO DE GUAYAQUIL Y SERÁN INTERPRETADOS DE ACUERDO CON LAS LEYES ECUATORIANAS, FIJANDO DOMICILIO EN LA CIUDAD DE GUAYAQUIL, PROVINCIA DEL GUAYAS Y DE HABER ALGÚN CONFLICTO SI NO SE PUEDE RESOLVER DE MUTUO ACUERDO, SE ACUDIRÁ A LAS AUTORIDADES CORRESPONDIENTES.
ANEXO 1. TABLA DE TRABAJOS EN MIAMI
ANEXO 2. COBERTURA DEL SEGURO (SERVICIO DE CARGA SEGURA)
COBERTURA: ROBO, HURTO, ASALTO, MAL MANIPULEO COMPROBADO DE LA MERCADERÍA.
CONDICIONES:
• PAGO DE SEGURO UNA VEZ EMITIDO EL INFORME FAVORABLE: 8 DÍAS PARA LA DEVOLUCIÓN.
• NOTIFICACIÓN DE SINIESTROS: 5 DÍAS CALENDARIO.
• INDEMNIZACIÓN EN SERVICIOS, REEMBOLSO A LA TARJETA DE CRÉDITO Y/ O REPOSICIÓN SEGÚN LE CONVENGA AL CLIENTE.
• DAÑO EN EL TRANSPORTE O MANIPULACIÓN A CONSECUENCIA DEL SERVICIO DE TRANSPORTE.
• SE CUBRIRÁ EL VALOR DECLARADO ANTE LA ADUANA DE COMPRA.
EXCLUSIONES
• EMPAQUE NO ADECUADO.
• SINIESTRO A CONSECUENCIA DE FUERZA MAYOR.
• FALSA DECLARACIÓN EN EL VALOR COMERCIAL O TIPO DE ARTÍCULO.
• APRESAMIENTO O CONFISCACIÓN POR UNA AUTORIDAD.
• DEMORA POR CUALQUIER CAUSA, DURANTE EL TRÁNSITO O EN LA ENTREGA POR TERCERAS EMPRESAS QUE DIFICULTAN EL DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES DE ECUCOMPRAS
• CUALQUIER FALTA IMPUTABLE AL ASEGURADO.
• INFRINGIR POR PARTE DEL CLIENTE, REGULACIONES DE IMPORTACIÓN O TRÁNSITO.
• HUMEDAD DEL AIRE.
• INFLUENCIA DE LA TEMPERATURA.
• MERCANCÍAS FRÁGILES.
• MERCANCÍAS DE PROHIBIDA IMPORTACIÓN.
• POR LA NATURALEZA DE LA MERCADERÍA COMO: VICIO PROPIO, RECALENTAMIENTO, COMBUSTIÓN ESPONTÁNEA, ENCOGIMIENTO, DESGASTE, GOTEO ORDINARIO, EVAPORACIÓN Y PÉRDIDA DE PESO.
• BICHOS PROVENIENTES DE LAS MERCADERÍAS ASEGURADAS
• CONDICIONES INADECUADAS DE LA MERCADERÍA PARA EL VIAJE ASEGURADO.
• DESGASTES NORMALES.
• DAÑOS AL EMPAQUE.
• PÉRDIDAS NO DIRECTAMENTE SUFRIDAS POR LA MERCADERÍA COMO: PÉRDIDAS DE INTERESES, DIFERENCIAS DE CAMBIO, PÉRDIDAS DE MERCADO, PÉRDIDAS DE UTILIZACIÓN O PÉRDIDAS CONSECUENTES Y LUCRO CESANTE.
• RESPONSABILIDAD HACIA TERCERAS PERSONAS POR PÉRDIDAS O DAÑOS CAUSADOS POR LA MERCADERÍA ASEGURADA.
• TODA CONSECUENCIA DE GUERRA, EVENTOS MILITARES, DESÓRDENES POLÍTICOS SOCIALES O INTERNOS COMO HUELGAS, LEVANTAMIENTOS O DISTURBIOS DE CUALQUIER NATURALEZA, PIRATERÍA, TERRORISMO, SABOTAJE, ACTOS DE GUERRILLA, DAÑOS NUCLEARES. DAÑOS Y/O PÉRDIDAS A CONSECUENCIA DE ATAQUES QUÍMICOS, BIOLÓGICOS, BIOQUÍMICOS, RADIOACTIVOS, USO DE ARMAS ELECTROMAGNÉTICAS, USO DE COMPUTADORAS, SISTEMAS, PROGRAMAS, VIRUS DE COMPUTACIÓN Y CUALQUIER PROCESO DE SISTEMA ELECTRÓNICO COMO MEDIO PARA CAUSAR DAÑO.
• DAÑOS O ERRORES PROVENIENTES DIRECTAMENTE BAJO RESPONSABILIDAD DEL PROVEEDOR.
• COMPRAS MAL REALIZADAS POR EQUIVOCACIÓN DEL CLIENTE, ERROR EN TALLAS, CARACTERÍSTICAS, COLOR, O POR DESPACHOS MAL REALIZADOS POR PARTE DEL PROVEEDOR/ TIENDA.
• IMPUESTO A LA SALIDA DE DIVISAS (ISD) DE LA COMPRA SINIESTRADA.
• TASA DE IMPORTACIÓN DE LA COMPRA SINIESTRADA.
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